Grupo

 BelMar

Telef:963742457


Pensión de alimentos: tablas orientadoras

Fecha: 29/10/2014

En España es habitual que sea tema de debate, o el único tema de debate en rupturas familiares, la cuantía fijada como pensión de alimentos.

Nuestro ordenamiento español, no establece una regla específica para fijar la cuantía de los alimentos. Pero además la jurisprudencia de las distintas Audiencias Provinciales son tan dispares que no se puede fijar un criterio concreto a la hora de fijarla.

En consecuencia, la existencia de un sistema de tablas o baremo, si bien con carácter orientador, conlleva un incremento de los procesos consensuales, bien tramitados como tales desde el inicio o transformados con posterioridad, disminuyendo con ello no solo la carga de trabajo en Juzgados y Tribunales sino también el coste personal que todo proceso de separación, nulidad o divorcio supone para todo el núcleo familiar.

La principal novedad es la inclusión de unos índices correctores por los cuales la cuantía dependerá de la CCAA y del tamaño del domicilio.
Existen dos tipos de tablas:

  • La Tabla 1 sería de aplicación a los supuestos de custodia compartida y proporciona una estimación del gasto de mantener a un hijo en función de los ingresos netos conjuntos de los dos progenitores y del tiempo que esté con cada uno de ellos.
  • La Tabla 2 esta prevista para los supuestos de custodia monoparental, con régimen de estancias de fines de semanas alternos, una o dos tardes semanales y mitad de vacaciones, fijando la pensión que correspondería al progenitor no custodio al considerarse que el progenitor custodio cubre su aportación con el mantenimiento del hijo durante el resto del tiempo que el hijo permanece con él.

En ambos casos, los gastos de vivienda (hipoteca, alquiler, IBI) y educación de los hijos se han excluido de la elaboración de este calculo y deben valorarse de manera independiente. Del mismo modo, en el cómputo se parte de que no existen en los hijos necesidades especiales derivadas de minusvalías, enfermedades u otras circunstancias.

La pensión fijada no incluye los denominados gastos extraordinarios, cuya concreción y forma de pago deberán determinarse separadamente.

En definitiva, España da un paso adelante en lo referente a la pensión de alimentos con la aprobación de estas tablas “orientativas” para fijar la cuantía, algo que se venía solicitando desde hace ya bastante.

Por nuestra Asesoría Virtual le podemos contestar a su consulta para darle luz a su problemática.