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Declaración Renta - Compensar perdidas con ganancias

Actualizado: 23/09/2023

Fecha: 23/09/2023

A nadie le gusta tener perdidas a la hora de emprender un proyecto, pero a veces ocurre, y hemos de tener en cuenta, que bajo ciertas restricciones y normas, en la declaración de la renta, se pueden compensar estas perdidas con otras ganancias, y si no existen ganancias, pues poder compensar las pérdidas con futuras ganancias.

En este artículo vamos a explicar cómo aplicar este mecanismo.

Sin entrar en un campo farragoso excesivamente complejo, que los es cuando introducimos todos los datos al confeccionar nuestra declaración de la renta, podemos definir la base imponible como la suma de todos los rendimientos monetarios o en especie que se generan por parte de una persona física sobre los que se va a aplicar un tipo de gravamen determinado con objeto de determinar una cuota tributaria final.

Tipos de rentas

En el impuesto sobre la renta, los ingresos se dividen en dos grandes grupos que originan dos bases imponibles imponibles diferentes. Estos dos grupos son:

  •  Base imponible general, integrada por rendimientos del trabajo, actividades económicas, determinados rendimientos del capital mobiliario e ingresos procedentes de entidades en atribución de rentas.

  •  Base imponible del ahorro, que agrupa a la mayoría de rendimientos de capital mobiliario, como pueden ser intereses en cuentas corrientes y dividendos y ganancias y pérdidas patrimoniales, como son los que se generan en la venta de un inmueble o acciones.

Si desea más detalles sobre estos tipos de rentas, ver este enlace Declaración Renta - Qué es base imponible Renta General y Base Imponible Renta del Ahorro

Requisitos

Hay que registrar las pérdidas tenidas en la declaración de la renta del ejercicio en que se producen, para poder compensar con ganancias en el mismo período, o poder compensar con ganancias que se puedan generar en los próximos 4 ejercicios

Compensaciones de partidas negativas en la base imponible general

Compensación de partidas negativas pendientes de ejercicios anteriores

Los saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales de 20XX-4, 20XX-3, 20XX-2 y 20XX-1 pendientes de compensación a 1 de enero de 20XX no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales se compensarán:

  • En primer lugar con el saldo positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidas en el ejercicio hasta la cuantía máxima del importe de dicho saldo.

  • En segundo lugar con el saldo positivo de los rendimientos e imputaciones de renta,una vez minorado dicho saldo por la compensación del saldo negativo, si lo hubiera, de pérdidas y ganancias obtenidas en el ejercicio.

La compensación de los saldos negativos de pérdidas y ganancias patrimoniales del ejercicio y de ejercicios anteriores pendientes de compensación, no podrá superar conjuntamente el límite del 25% del saldo positivo de los rendimientos e imputaciones de rentas antes de dichas compensaciones.

 

Renta General

 

Compensaciones de partidas negativas en la base imponible del ahorro

Las partidas negativas procedentes de ejercicios anteriores pendientes de compensación a 1 de enero de 20XX pueden ser:

Saldos negativos de rendimientos del capital mobiliario de 20XX-4, 20XX-3, 20XX-2 y 20XX-1, pendientes de compensación a 1 de enero de 20XX, a integrar en la base imponible del ahorro.

Saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales de 20XX-4, 20XX-3, 20XX-2 y 20XX-1, pendientes de compensación a 1 de enero de 20XX, a integrar en la base imponible del ahorro.

Las reglas a aplicar en la compensación serán:

  1. Compensación de las partidas negativas pendientes de ejercicios anteriores con su respectivo saldo positivo de rendimientos o de ganancias y pérdidas del ejercicio

  • El saldo positivo de rendimientos del capital mobiliario del ejercicio 2021, una vez minorado dicho saldo por la compensación de pérdidas patrimoniales correspondientes al ejercicio 2021, se podrá compensar con el saldo de los rendimientos negativos del capital mobiliario pendientes de compensación de los ejercicios 2017, 2018, 2019 y 2020.

  • El saldo positivo de ganancias y pérdidas del ejercicio 2021, una vez minorado dicho saldo por la compensación del saldo negativo, si lo hubiera, de rendimientos de capital mobiliario obtenidas en el ejercicio 2021, se podrá compensar con el saldo de las Pérdidas pendientes de compensación de los ejercicios 2017, 2018, 2019 y 2020.

En ningún caso se efectuará la compensación fuera del plazo de cuatro años, mediante la acumulación a saldos netos negativos o a pérdidas patrimoniales de ejercicios posteriores.

 

  1.  Compensaciónσn del resto de los saldos negativos de rendimientos de capital mobiliario y de ganancias y pérdidas pendientes de ejercicios anteriores no compensados

  • Si hubiera saldos negativos de rendimientos de capital mobiliario de los ejercicios 2017, 2018, 2019 y 2020 que no se hubieran compensado según lo indicado anteriormente, se podrán compensar con el saldo positivo restante, si lo hubiere, de ganancias patrimoniales del ejercicio 2021 hasta el límite del 25% del citado saldo positivo. Esta compensación junto con la de los saldos negativos de rendimientos de capital mobiliario de 2021 no podrá superar conjuntamente el límite del 25% del saldo positivo de ganancias y pérdidas de 2021.

  • Si hubiera saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales de los ejercicios 2017, 2018, 2019 y 2020 que no se hubieran compensado, en cuyo caso, se podrán compensar con el saldo positivo restante, si lo hubiere, de rendimientos del capital mobiliario del ejercicio 2021, hasta el límite del 25% del citado saldo positivo. Esta compensación junto con la de los saldos negativos de ganancias y pérdidas de 2021 que se compensen con el saldo positivo de rendimientos de capital mobiliario de 2021 no podrá superar conjuntamente el límite del 25% del saldo positivo de rendimientos de capital mobiliario de 2021 antes de compensaciones.

 

Rentas del Ahorro

Enlaces relacionados:

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Como calcular el impuesto a pagar en declaración de la renta por rentas o ingresos recibidos