Novedades fiscales y tributarias - Impuestos 2016
Fecha: 04/01/2015
La tradicional cuesta de enero, que en todos los años suele venir con la subida de la luz, gas, telefonía, transporte, combustibles, peajes de autopistas, tabaco, sellos, este año por el descenso del petróleo, ha provocado una suavización de la cuesta de enero. Como dado orientativo, el IPC anual del año 2015 ha descendido un 0.3%.
También viene acompañada con importantes novedades de impuestos, aunque se adelantaron parte a julio del año 2015. Por eso, es un buen momento para repasar cuestiones fiscales que debemos tener en cuenta para sacar el máximo provecho a nuestros ahorros e inversiones, dado que con los cambios tributarios introducidos por la reforma fiscal, se deberían de cambiar las estrategias.
Para ver con todo detalle las novedades fiscales y tributarias del ejercicio 2015, ver este link Nueva Reforma Fiscal a aplicar en los ejercicios 2015 y 2016.
Las principales novedades fiscales y laborales en 2016 serán:
IRPF
Retenciones de los profesionales autónomos: por fin bajan las retenciones que los profesionales autónomos practican en sus facturas, en concreto del 21% de 2014 al 19 % a partir del 1 de enero de 2015 y al 18% a partir de enero de 2016. Recordemos además que los trabajadores autónomos con rentas inferiores a 15.000 euros pagan un tipo reducido del 15% desde el pasado mes de julio.
Retenciones Alquileres comerciales.
Módulos 2016: Con la reforma fiscal a aplicar en el ejercicio 2015, se quería reducir drásticamente, los autónomos acogidos al Régimen de Módulos, y que con la aprobación de los presupuestos del ejercicio 2016, quedan retrasados al ejercicio 2018, al establecerse para los ejercicios 2016 y 2017 un serie de restricciones menos agresivas de las inicialmente establecida en la reforma fiscal del año 2015. Para ver más detalles ver este artículo Novedades Módulos - Nuevos Límites de exclusión para los ejercicios 2016, 2017 y 2018.
Limitaciones a la estimación directa simplificada: a partir de 500.000 euros de facturación anual los autónomos deberán tributar en estimación directa normal del IRPF, lo que supone una reducción de 100.000 euros al límite para poder tributar por simplificada.
Sociedades civiles / Comunidades de Bienes: 2015 será un año de transición hacia el nuevo status fiscal de las sociedades civiles. Ya en 2016 asistiremos a un cambio de tributación para las sociedades civiles que no tengan un objeto mercantil, que deberán tributar por un nuevo régimen fiscal, mientras que las que tengan objeto mercantil pasarán a tributar por el Impuesto de Sociedades. Para ver más detalles ver el final del artículo que se muestra a continuación Tramites para la Creación y Disolución de una Comunidad de Bienes.
LABORAL
Cuota de autónomos 2016: como todos los años, enero traerá nuevas subidas en las bases de cotización a la Seguridad Social que determinan cuánto hay que pagar por la cuota mensual de autónomos. Estas subidas se recogen en la Ley de presupuestos generales del Estado para 2015. La base mínima de cotización sube el 1% desde 884,40 a 893,10 euros mensuales, por lo que la cuota mínima, que es la que paga más del 80% de los autónomos, pasa de 264,44 € a 267,04 euros. La de los autónomos societarios sube desde 315,97 € a 318,00 €. La base máxima de cotización sube apenas un 1,00%, pasando de 3.606,00 a 3.642,00 euros mensuales.
Nuevo sistema de tramitación de bajas laborales: a lo largo de 2016 las Comunidades Autónomas irán implantando el nuevo sistema de bajas laborales en vigor desde el 1 de diciembre de 2015 y que contempla periodos de baja predeterminados para determinadas dolencias y enfermedades, la potestad de las mutuas de solicitar el alta de los autónomos si consideran que la persona ya está recuperada y el hecho de que los médicos de urgencias puedan conceder la baja directamente.
Bonificaciones en la cotización de trabajadores indefinidos: en agosto de 2016 finaliza el plazo para la solicitud de ayudas de este tipo, consistentes en una bonificación por la que quedan exentos de cotización por contingencias comunes los primeros 500 euros de la nómina del trabajador. Dependiendo del gobierno que se forme veremos si se prorroga esta medida, se amplía o por el contrario se elimina.
SOCIEDADES
En 2016 será aplicable la segunda fase de la rebaja en los tipos del impuesto de sociedades, que pasan con carácter general del 28% al 25%, desapareciendo los tipos reducidos para empresas de reducida dimensión. En consecuencia, las pymes, que ya contaban con un tipo del 25% para los primeros 300.000 euros de beneficio, sólo se verán beneficiadas si tienen un beneficio superior a dicha cantidad. En cuanto a las sociedades limitadas de nueva creación se mantiene el tipo reducido del 15% durante los dos primeros periodos, no siendo aplicable a entidades patrimoniales.
LOPD
Adaptación a la resolución de Safe Harbor: las pymes y autónomos que almacenen datos personales en servidores de Estados Unidos, por ejemplo las que utilizan Dropbox, Mailchimp o Google Apps, tienen hasta el 29 de enero para adaptarse a las recomendaciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para dar respuesta a la resolución Safe Harbor del Tribunal de Justicia Europeo. Para ello deberán firmar un contrato con sus proveedores de servicios donde estos se comprometan a cumplir con los estándares europeos e informar de dicho acuerdo a la AEPD. O como alternativa pasar a trabajar con proveedores con datacenters en Europa.
Otros
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) sube en 2016 el 1 %, poco más de 6,60 euros y se sitúa en los 655 euros mensuales frente a 648,60 euros de 2015, mientras que el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), utilizado para determinar el acceso a ayudas y subvenciones, se quedará congelado por sexto año consecutivo en los 532,51 euros mensuales, IPREM diario 17,75 €/día e IPREM anual 7.455,14 euros.
Base Mínima cotización autónomos será de 893,10 euros, que implicará una cuota de autónomos de 267,04.
El tipo de cotización para la protección por cese de actividad (desempleo) es el 2,2%.
La base mínima de los trabajadores autónomos que en el año 2014 hayan tenido contratados a más de 10 trabajadores será la misma que el grupo 1 de cotización del Régimen General, 1.067,45 euros, lo que supone una cuota de 318 euros.
Autónomos societarios: la base a aplicar será similar a la del grupo 1 de cotización del Régimen General, 1.067,45 euros, lo que supone una cuota de 318 euros.
Pensiones. El 1 de enero las pensiones se revalorizan en un 0,25 %.
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