Qué ocurre estando cobrando desempleo, pasar a situación de baja médica
Fecha: 07/02/2018
Puede ocurrir que estando en situación de desempleo, se pase a una situación de baja médica, en este caso el tratamiento de esta contingencia se trata, en función de dos situación que se detallan a continuación:
Si la baja médica es recaída de un proceso anterior mientras estaba vigente el contrato
En el caso de un recaída de proceso anterior, se percibirá la prestación por incapacidad temporal en cuantía igual a la prestación por desempleo que viniera disfrutando. Y si una vez agotado el periodo de desempleo sigue en situación de incapacidad temporal cobraría esta prestación en cuantía igual al desempleo.
Que no constituya recaída de un proceso anterior mientras estaba vigente el contrato.
En el caso de no ser una recaída de un proceso anterior, se cobra por incapacidad temporal la misma cantidad que la prestación por desempleo que viniera percibiendo. En este caso, si se sigue de baja una vez terminado de cobrar el desempleo, se sigue cobrando la prestación de incapacidad temporal pero en cuantía igual al 80% del IPREM mensual.
En cualquiera de los dos casos hay que tener en cuenta que no se va a ampliar el periodo de disfrute de la prestación por desempleo, ya que el desempleo es el que es, según lo haya resuelto el SEPE en su día.
Además este órgano va a efectuar las cotizaciones que correspondan a la empresa y el 35% en el que se reduce las que corresponden al trabajador.
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